Novedades de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo

Novedades de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo

PROYECTO DE REFORMA DEL SISTEMA NORMATIVO NACIONAL PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO

  1. Modificaciones al Código Penal
  • Incorporación de dos verbos típicos al tipo penal de lavado de activos.
  • Incorporación de los combatientes terroristas extranjeros e inclusión de “fondos u otros activos” al tipo penal de financiación del terrorismo.
  • Incorporación de tipos penales previstos en convenciones internacionales
  1. Reforma de la Ley N° 25.246
  • Incorporación de definiciones relevantes para el sistema PLA/CFT.
  • Autarquía funcional, administrativa y económica.
  • Incorporación del enfoque basado en riesgos en las supervisiones del sistema preventivo LA/FT y la emisión de la regulación por parte de la UIF.
  • Incorporación de facultades de la UIF para disponer:
    • Sanciones financieras dirigidas: congelamiento administrativo de fondos u otros activos;
    • Contramedidas: medidas específicas de mitigación de riesgos a las relaciones comerciales y transacciones procedentes de jurisdicciones de mayor riesgo.
  • Incorporación de un artículo que regula la correcta utilización de la información proveniente de organismos análogos extranjeros.
  • Incorporación como Sujetos Obligados a:
    • Proveedores de servicios de activos virtuales.
    • Personas humanas o jurídicas que realizan en nombre de un tercero, custodia y administración de efectivo o valores líquidos.
    • Proveedores de servicios societarios y fiduciarios.
  • Supresión del carácter de sujetos obligados respecto de:
    • Ciertos intermediarios de seguros.
    • Organizaciones sin fines de lucro.
    • Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia.
  • Modificaciones de las obligaciones de los sujetos obligados:
    • Profundización del enfoque basado en riesgos.
    • Si el sujeto obligado no pudiera cumplir con las obligaciones de debida diligencia del cliente, deberá entenderse como impedimento para el inicio o la continuación de la relación comercial.
  • Régimen administrativo sancionador, se proyecta:
    • Gama más amplia de sanciones.
    • Graduación de las sanciones.
    • Incorporación de una unidad de medida (Módulos) para las sanciones cualitativas, que permitan su actualización periódica por parte de la UIF.
  • Otros temas:
    • Modificación con mecanismos claros de distribución y administraciones de los bienes objeto de decomisos. Incorporación de un capítulo referido a las personas jurídicas sin fines de lucro que, aunque dejarán de ser SO, deberán ser objeto de un análisis de riesgos de abuso para la FT.
  1. Registro centralizado de Beneficiarios Finales
  • Se prevé la creación de un registro centralizado cuya Autoridad de aplicación será la AFIP.

Área Prevención Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo

Fecha de Informe: 03/06/2022

 

Oficinas
25 de Mayo 596, 16º Piso, C1002ABL
Buenos Aires – Argentina
Tel.: (5411) 4312 8525

© 2019 Abelovich, Polano & Asociados S.R.L. Nexia is a member firm of the “Nexia International” network. Nexia International Limited does not deliver services in its own name or otherwise. Nexia International Limited and the member firms of the Nexia International network (including those members which trade under a name which includes the word NEXIA) are not part of a worldwide partnership. Nexia International Limited does not accept any responsibility for the commission of any act, or omission to act by, or the liabilities of, any of its members. Each member firm within the Nexia International network is a separate legal entity.